La responsabilidad civil surge de la obligación de resarcir o compensar a un tercero por diferentes razones:
Responsabilidad civil de explotación, en la que el asegurado (empresa o persona física) deba afrontar, como consecuencia directa del desarrollo de su actividad empresarial.
Responsabilidad civil patronal, la que para el asegurado (empresas o persona física) resulte de lesiones o muerte sufridas por empleados a su servicio, como consecuencia de un accidente de trabajo.
Responsabilidad civil post-trabajos, la que sea imputable al asegurado (empresas o persona física) por daños ocasionados por los trabajos realizados, una vez que estos hayan sido entregados.
Responsabilidad civil productos, la derivada de los daños que pueda causar el producto obtenido (como consecuencia de la actividad empresarial) después de su entrega.
Responsabilidad civil inmobiliaria/locativa, la que para el asegurado (empresa o persona física) resulte de la propiedad o arrendamiento de la edificación en que se desarrolla la actividad
Responsabilidad civil subsidiaria, la que el asegurado (empresas o persona física) deba afrontar, aunque no directamente, por actos de terceros, en conexión con su propia actividad.
Responsabilidad civil cruzada, la que para el asegurado (empresas o persona física) resulte de daños corporales, sufridos por empleados de contratistas y sub-contratistas del asegurado.
Responsabilidad civil profesional, la que sea imputable al asegurado como resultantes de una acción u omisión involuntaria en el ejercicio de una actividad profesional. Se cubren los daños que puedan ocasionar los errores profesionales cometidos por personas que ejercen las actividades propias de la titulación que poseen.
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